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Desde la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (1996), y el Reglamento de los Servicios de Prevención (1997), muchas y variadas han sido las acciones llevada a cabo tanto en información desde este Despacho, muy sensibilizados con la Prevención, como filosofía de trabajo en cualquier centro –producción o servicios-.
Muchos han sido, y son, los Servicios de Prevención que se han venido sumando no sólo al cumplimiento de la normativa, sino también para resolver los defectos que incidían negativamente en la salud de los trabajadores en las empresas.
Los Servicios de Prevención, en general, son capaces de atender todas las demandas empresariales en el campo de la seguridad y de la salud laboral.
Suelen disponer de equipos multidisciplinares de profesionales cualificados y de los medios técnicos más avanzados para dar respuesta a todas las necesidades preventivas de la empresa, teniendo como finalidad la contínua mejora de aquellos factores que intervienen en la siniestralidad laboral.
A ello ha de añadirse la reciente reforma de los epígrafes de accidente de trabajo, que son posiblemente la antesala de la aplicación de fórmulas bonus-malus, en las cotizaciones empresariales, en función de índices o criterios de siniestralidad, que a fecha de hoy están por determinar.
Para cubrir los requerimientos de cualquier empresa, de cualquier ámbito, también hay suscritos convenios específicos con Servicios de Prevención Ajenos (SPA) que darán cobertura a estas necesidades empresariales, a la par de exigencias normativas.
Consulte a cualquier de nuestros técnicos-expertos en materia de prevención (en nuestro Despacho hay seis técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales, y cinco auditores en Prevención), para buscar las medidas y fórmulas más acordes con la actividad de su empresa.
Respecto a la formación, contamos con acuerdos al más alto nivel y con las principales entidades formativas del país, para dar cobertura a esta necesidad, que además con las recientes reformas normativas, se ha convertido en un aspecto ya no conveniente, sino necesario, que permite utilizar los créditos anuales en pro de el mayor valor añadido de los trabajadores en la empresa.
Los créditos para la formación son la forma de concretar una formación eficaz y efectiva, a través de las propias empresas, y conforme a sus cuotas de seguridad social.
La tendencia general, a nivel nacional, ha sido la no utilización de estos créditos, aspecto éste que afortunadamente está cambiando ya que, para las empresas y salvo excepciones, no supone gasto alguno, cumpliendo además el contenido del Estatuto de los Trabajadores respecto de la promoción formativa. Es, por tanto, necesario crear una cultura formativa. Nuestra experiencia nos dice que la formación es la base de un buen profesional y, en tal sentido, así queremos hacerlo partícipe para las empresas; no debe primar, pues, el hecho de que los créditos no utilizados para la formación se pierden, sino la voluntad constante e innovadora de recibir formación aún cuando sólo sea como reciclaje.
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